¿HA RECIBIDO UNA AVISO DE INTENCIÓN DE DENEGACIÓN (NOID) Y NO SABE QUÉ HACER?
Un NOID o traducido, Aviso de intención de denegación, es algo que se confunde con una denegación del caso. Es muy urgente discutir el NOID con un abogado de inmigración inmediatamente después de recibirlo. Muchos casos que podrían resolverse después de un NOID son respondidos incorrectamente por solicitantes que intentan responder sin la experiencia de un abogado sobre cómo responder. La información solicitada por un NOID puede ser confusa o muy general, de modo que trabajar con un experto en inmigración con experiencia asegurará que se pueda interpretar correctamente en cuanto a lo que debe abordarse en la respuesta.
Es fundamental proporcionar, no solo documentos, sino una respuesta con información completa para poder rescatar la solicitud de inmigración. Si la respuesta no es adecuada de acuerdo con los estándares de USCIS, pueden rechazar la petición I-130 o el ajuste de estatus.
Para entender mejor sobre este proceso, hay que especificar qué es el AVISO DE INTENCIÓN DE DENEGACIÓN:
El AVISO DE INTENCION DE DENEGACIÓN es una carta emitida por USCIS cuando un funcionario determina si la solicitud no demuestra la correcta elegibilidad del beneficio migratorio. En esta misma carta se enlistan las razones del porque USCIS tiene la intención de denegar su caso y le proporciona la solución por mismo. A partir de este aviso usted al responder a USCIS es probable que sea su ultima oportunidad de poder delegar el resultado de su solicitud.
El NOID no deben confundirse con solicitudes de evidencias (RFE), estas son emitidas cuando USCIS requiere más información que respalde piezas cruciales de evidencia en específico como documentos específicos o datos concretos. Por el contrario, USCIS emite una NOID cuando un solicitante ha proporcionado evidencia inicial suficiente, pero, por alguna razón, no cree que el caso deba aprobarse. Un caso podría ser que usted y su conyugue a pesar de proporcionar todos los documentos requeridos, pero en el momento de la entrevista no logran responder correctamente las preguntas del uno al otro.
¿Quién debe responder al recibir una NOID?
Todo dependerá el estatus o fase en el que se encuentre el caso de su petición.
Si la llegada del NOID fue tiempo después de la presentación de la petición I-130 en ese caso el peticionario es quien debe responder.
Si el NOID fue emitida para el beneficiario que presentó una solicitud de ajuste de estatus, en ese caso, el beneficiario puede responder.
Existen algunos motivos recurrentes por los cuales USCIS emite un NOID a los solicitantes ya casados. Las parejas deben demostrar mediante evidencia que su solicitud es elegible para la aprobación. Algunos funcionarios del USCIS intentan exigir a los solicitantes un estándar más alto que otros.
USCIS puede emitir una NOID por algunas razones como por ejemplo:
- Evidencia insuficiente de una relación de buena fe.
- Discrepancias o inconsistencias en el testimonio de cada cónyuge.
- Descubrimiento de información negativa.
- Hallazgo de fraude
- Entre otras.
Una vez se ha enviado respuesta al Aviso de intención de denegación, ¿qué debe esperar por parte de USCIS?
USCIS revisará la información que proporcionó en forma de respuesta, junto con las pruebas suficientes que envió para hacer cambiar de opinión al adjudicador, es posible que apruebe el caso. Este proceso podría llevarle a USCIS varios meses.
Si USCIS considera que su respuesta a la NOID es insuficiente, emitirá una carta de rechazo y explicará los motivos. Sin embargo, a menudo es más rápido simplemente volver a solicitar el beneficio de inmigración en cuestión.
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